Pregunta más frecuente

¿QUÉ TRÁMITE DEBO REALIZAR ANTE LA EPS, SI ME VOY DEL PAÍS POR UNO O MÁS MESES?
Últimas actualizaciones hace 3 años

A partir del 10 de julio de 2016 mediante Resolución 2388 de 2016, se establece que, si usted sale del país y no tiene beneficiarios en su grupo familiar, puede reportar mediante el operador de información en el cual realiza el pago de salud, la novedad de salida del país sin generar un valor a pagar a la EPS durante el tiempo que se encuentre fuera del país. Una vez regrese al país, debe acercarse a nuestras Oficinas de atención al usuario de su ciudad, con la copia del pasaporte donde acredite la entrada al país y comunicado solicitando la reactivación de servicio en la EPS, para realizar las activaciones respectivas en la base de datos y poder continuar gozando de los servicios de salud, así como continuar con el pago de aportes a salud a partir del mismo mes. Si en su grupo familiar tiene beneficiarios y va a salir del país, debe continuar realizando el pago de salud como lo ha venido haciendo, para que ellos puedan continuar gozando de la garantía en el aseguramiento en salud de la EPS.

Este sitio web se basa en cookies temporales para funcionar, pero nunca se almacenan datos personales en las cookies.
OK

Cargando ...